TIJUANA, BC, 10 DE NOVIEMBRE DE 2024.- No es novedad que la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) tenga fallas en su aplicativo para diferentes servicios, de ahí que en fechas recientes el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) respaldó el derecho de los contribuyentes de que se concedan prórrogas.
Lo anterior lo indicó el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien mencionó que los contribuyentes han reportado constantes fallas, desde problemas para acceder al buzón tributario, en la emisión de facturas, la presentación de pagos provisionales, la impresión de opinión de cumplimiento, constancia de situación fiscal, y demás trámites que se realizan desde el portal del SAT.
“Estas fallas impiden que los contribuyentes cumplan en tiempo con sus obligaciones, eso sin mencionar los problemas que se pueden causar al no poder entrar al buzón tributario, que es el canal principal de comunicación con el fisco federal”, subrayó.
Al respecto, Pickett Corona señaló que cuando el portal del SAT esté inhabilitado debido a una contingencia, automáticamente se extiende el plazo para realizar un trámite o defensa fiscal hasta el siguiente día hábil en que el portal vuelva a estar disponible.
“Esta prórroga está amparada en la Regla 1.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022. Además, las autoridades fiscales tienen acceso directo a la información técnica y operativa del portal, por lo que sus declaraciones sobre el funcionamiento del sistema cuentan como documentos públicos con valor probatorio, conforme al Artículo 129 del Código Federal de Procedimientos Civiles”, destacó.
El abogado fiscalista abundó que, si en un proceso de queja la autoridad confirma anomalías en el portal, en la fecha señalada por el contribuyente, se considera que el usuario no pudo acceder al medio electrónico, incluso si la falla no fue total.
“Esto significa que la prórroga se concede sin requerir una inhabilitación completa del sistema, protegiendo así los derechos de los contribuyentes ante posibles fallas técnicas en el portal del SAT”, mencionó.
Para terminar, el Lic. Jorge Alberto Pickett argumentó que este criterio fue recientemente respaldado por la Novena Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).