
TIJUANA, BC, 17 DE FEBRERO DE 2023.- El Diputado Sergio Moctezuma exhorta a la Secretaría de Economía del Gobierno de México, a la Procuraduría Federal del Consumidor, así como al Subprocurador de Telecomunicaciones de la misma, al Instituto Federal de Telecomunicaciones, al Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, a fin de que requieran a los proveedores de telefonía móvil establecidos en el país, efectuar el reembolso de manera inmediata a los consumidores de las cantidades cobradas por concepto de fianza o garantía de pago, una vez finalizado el contrato con las compañías de telefonía celular, logrando en el pleno del Congreso del Estado, la aprobación por mayoría.
Ya que un tema recurrente en la ciudadanía, es la problemática con los servicios de telefonía móvil, ya que el uso de un equipo telefónico se ha convertido en una necesidad no sólo de comunicación, sino en la mayoría de los casos, en una herramienta del trabajo personal diario.
Resalta Sergio Moctezuma, que Baja California ocupa el segundo lugar con un 85.9 por ciento de usuarios de telefonía celular de acuerdo a la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH) 2020 realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en colaboración con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
Así, como parte de esos datos estadísticos, se encuentran los usuarios que cuentan con un contrato de telefonía celular, desconociendo muchos de ellos que en esos contratos se contempla el pago de una Fianza Anual, misma que en la inmensa mayoría de casos, no es reembolsada, siendo los motivos principales:
-El desconocimiento del usuario para hacer valido su derecho al reembolso de la fianza.
-La negativa de las empresas de telefonía celular.
-La renuncia anticipada del derecho a reembolso del consumidor en la firma del contrato de telefonía celular.
Además la fianza anual, cuyo pago es obligatorio, oscila entre los 200 y 250 pesos.
Contrastando la información en países de avanzada en Latinoamérica encontramos que, en Colombia y Argentina, los contratos de adhesión de empresas de telefonía celular no contemplan dentro de las obligaciones de los consumidores, el pago de una fianza o garantía, a diferencia de nuestro país, donde se obliga al consumidor al pago de una fianza anual que va desde 200 pesos como mínimo hasta 250 pesos, dependiendo la compañía de telefonía celular.
Pues el punto medular radica en la cláusula abusiva e inequitativa que contemplan en sus contratos, compañías como Radiomóvil Dipsa, SA de CV, conocida comercialmente como Telcel, al establecer que no habrá devolución de la cantidad pagada, lo cual es totalmente violatorio de los derechos del consumidor.
Sergio Moctezuma, hace hincapié en que todo problema requiere solución, y esta situación es de imperiosa y urgente actuación a fin de proteger eficazmente al consumidor, en razón de que se está ocasionando un perjuicio a todo aquel ciudadano que mantiene una relación contractual con proveedores de telefonía celular y que puntualmente mediante cargo a la factura, paga una “fianza”, sin conocimiento pleno de ello, por lo que le deberá ser reembolsada la cantidad pagada por cada contrato, y las autoridades correspondientes en materia de protección al consumidor y telecomunicaciones deberán llevar a cabo las acciones pertinentes para tal fin.
Dentro de ese contexto, se requiere la inmediata intervención de las autoridades, para que hagan un llamado a los proveedores a fin de que cumplan con sus obligaciones y a su vez hacer lo conducente para que el consumidor reciba el reembolso de la fianza o garantía que puntualmente paga, y si el proveedor no cumple con la devolución de la cantidad pagada por concepto de fianza, el consumidor tenga los elementos suficientes para hacer valer su derecho de manera individual presentando su reclamación ante la PROFECO, para solicitar la devolución de la misma, así también, derivado de la prestación del servicio deficiente, aspirar a reclamarle la compensación que consigna el numeral 92 bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor; o en su defecto, hacer efectivo su derecho mediante el instrumento denominado “Acción colectiva” ante los Tribunales Federales, cumpliendo los requisitos que para tal efecto establece el Código Federal de Procedimientos Civiles.
La compañía Telcel, dicho sea coloquialmente «se vuela la barda» obligando a los consumidores a renunciar a la devolución de las fianzas, convirtiéndose junto a otras empresas del ramo en millonarias, afirmó Sergio Moctezuma.