TIJUANA, BC, 02 DE OCTUBRE DE 2022.- La emisión de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de Egresos o notas de crédito, en este año se ha visto impactada de manera negativa, debido a una serie de requisitos para su emisión, como es el hecho de que debe estar “justificada”.
Lo anterior lo indicó el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien mencionó que el CFDI de Egresos, conocido como nota de crédito, sirve para amparar devoluciones, descuentos y bonificaciones, es decir, sirve para disminuir ingresos que fueron registrados en facturas previas.
Al respecto, explicó, esta normatividad se encuentra en el Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) que fue reformado para el 2022, en su fracción VI.
“Indica que en el supuesto de que se emitan comprobantes que amparen egresos sin contar con la justificación y soporte documental que acredite las devoluciones, descuentos o bonificaciones, éstos no podrán disminuirse de los comprobantes fiscales de ingresos del contribuyente, lo cual podrá ser verificado en facultades de comprobación”, detalló.
En dicha fracción, apuntó Pickett Corona, la exigencia es contar con una justificación y con el soporte documental para acreditar la procedencia de las devoluciones, descuentos o bonificaciones.
“El problema práctico al tener que contar con la justificación y soporte documental de esas devoluciones, coloca al contribuyente en un estado de incertidumbre jurídica por tratarse de requisitos con un alto grado de subjetividad y vaguedad”, afirmó.
Además, agregó, contar con la justificación o con el soporte documental de una devolución que hace un cliente por el solo hecho de no estar satisfecho con el producto o servicio, será una tarea compleja y que queda al arbitrio de la autoridad en turno el definir si existe o no justificación suficiente.
“Con esto se podría llegar al extremo en el que un comercio tenga que solicitar al cliente que devuelve un producto, que firme una carta usando una identificación oficial y manifestando bajo protesta de decir verdad que el producto no satisfizo sus necesidades”, refirió el abogado fiscalista.
Pickett Corona mencionó que este tipo de medidas no atienden a las prácticas modernas de comercio y representan obstáculos para agilizar y mejorar la experiencia del consumidor y la dinámica de los negocios que, ante la incertidumbre jurídica provocada por medidas de este tipo, se ven obligados a implementar medidas retrógradas.
Finalmente, en este contexto, señaló que aquellos contribuyentes que en 2022 han expedido notas de crédito, deberán revisar tales operaciones y armar un expediente con la justificación y documentación correspondiente, según las necesidades, posibilidades y requerimientos propios de la naturaleza de su negocio.